EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Dejar sin efecto la RCS N° 313/25

ARTÍCULO 2°.- ESTABLECER que el Plan de Estudios de Licenciatura en Tecnología de los Alimentos aprobado por RCS N° 275/25 iniciará su implementación a partir del ciclo lectivo 2026.

ARTÍCULO 3°.- DISPONER que las/os estudiantes que ingresen a la carrera en el ciclo lectivo 2026 o posteriores, comenzarán a cursar directamente bajo el Plan de Estudios aprobado por RCS N° 275/25.

ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER la vigencia del Plan de Estudios aprobado por RCS N° 7/23 para el cursado de asignaturas hasta el mes de marzo de 2028. Las/os estudiantes podrán permanecer en este plan mientras el mismo se encuentre vigente para el cursado.

ARTÍCULO 5°.- Las/os estudiantes que permanezcan en el Plan de Estudios aprobado por RCS N°7/23 y adeuden sólo exámenes finales y/o integradores, podrán rendirlos hasta agotar el número de llamados que prescribe el Régimen Académico de la Universidad. Vencido dicho plazo sin haber acreditado la totalidad de las asignaturas, serán incorporados al Plan de Estudios aprobado por RCS N°275/25.

ARTÍCULO 6°.- Las/os estudiantes que recursen alguna asignatura del Plan aprobado por RCS N° 7/23  podrán hacerlo mientras dicho Plan se encuentre vigente para el cursado, conforme al Artículo 3°.

ARTÍCULO 7°.- Las/os estudiantes que hayan perdido la regularidad en el Plan aprobado por RCS N° 7/23 , al momento de reincorporarse a la carrera, lo harán directamente bajo el Plan de Estudios aprobado por RCS N° 275/25.

ARTÍCULO 8°.- La transición de las/os estudiantes del Plan aprobado por RCS N° 7/23 al Plan aprobado por RCS N° 275/25 se regirá por el cuadro de correspondencia y equivalencias entre ASIGNATURAS, que se adjunta como Anexo I de la presente Resolución.

ARTÍCULO 9°.- La transición de las/os estudiantes del Plan aprobado por RCS N° 7/23 al Plan aprobado por RCS N° 275/25 se regirá por el cuadro de correspondencia y equivalencias entre el SISTEMA DE CRÉDITOS EXTERNOS  y ACAs, que se adjunta como Anexo II de la presente Resolución.

ARTÍCULO 10°.-.Elevar la presente propuesta de Plan de Transición de Planes de Estudio al Rector para su consideración e implementación de los mecanismos administrativos pertinentes.

ARTÍCULO 11°.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.

https://boletinoficial.unahur.edu.ar/wp-content/uploads/2026/03/RCS.-021-18-03-2026-EXP.-1030-2025-Modificacion-del-Plan-de-Transicion-entre-la-Tec.-Univ.-en-Tecnologia-de-los-Alimentos-con-la-Licenciatura-en-Tecnologia-de-los-.pdf