EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el resultado de los comicios realizados y proclamar a los representantes electos para conformar el CONSEJO SUPERIOR y los CONSEJOS DIRECTIVOS de los INSTITUTOS de EDUCACIÓN; SALUD COMUNITARIA; BIOTECNOLOGÍA; TECNOLOGÍA E INGENIERÍA de la UNIVERSIDAD NACIONAL
DE HURLINGHAM, que como Anexo I integra la presente. Según lo establecido por los artículos 47 y 55 del Estatuto de la Universidad los mandatos de los Consejeros electos por los estamentos de estudiantes y graduados y graduadas serán de dos (2) años, comenzando todos el día veintisiete (27) de noviembre del corriente.
ARTÍCULO 2° .- Regístrese, comuníquese y archívese.-