EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Tener por acreditada la finalización de la carrera Licenciatura en Tecnología de los Alimentos por parte de la estudiante que se detalla en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Expídanse el título de la persona que se detalla en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

https://boletinoficial.unahur.edu.ar/wp-content/uploads/2023/06/RCS.-119-14-06-23-Nuevos-graduados-de-la-carrera-Licenciatura-en-Tecnologia-de-los-Alimentos-EXP.-484-2023.pdf