EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Tener por acreditada la finalización de la carrera Licenciatura en Informática por parte del estudiante que se detalla en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Expídanse el título de la persona que se detalla en el Anexo de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

https://boletinoficial.unahur.edu.ar/wp-content/uploads/2024/05/RCS.-082-15-05-2024-Nuevo-graduado-de-la-carrera-Licenciatura-en-Informatica-EXP.-334-2024.pdf