EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:
Artículo 1°- El plan de estudios de Licenciatura en Kinesiología y Fisiatría aprobado por RCS N° 386/24, comienza su implementación en el año 2025.
Artículo 2°- A partir del ciclo lectivo 2025, las y los ingresantes cursan en el plan aprobado por RCS N° 386/24.
Artículo 3°- Establecer que el plan aprobado por RCS N° 58/18 tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2026 para el cursado de sus asignaturas. Las/os estudiantes podrán permanecer en el mismo mientras se encuentre vigente. Para ello lo deberán notificar al Instituto de Salud Comunitaria antes de que finalice la inscripción a las materias del primer cuatrimestre de 2025.
Artículo 4°- Quienes hayan terminado de cursar el plan aprobado por RCS N° 58/18, y aquellos/as que permanezcan en este plan y que finalicen la cursada de las asignaturas hasta el 31 de marzo 2026 y adeuden los exámenes finales y/o integradores, podrán rendir los mismos hasta que se cumplan el número de llamados que prescribe el régimen académico de la universidad. Si cumplido ese plazo no han acreditado la totalidad de las asignaturas, serán incorporados al plan aprobado por RCS N° 386/24.
Artículo 5°- Los y las estudiantes que permanezcan en el plan aprobado por RCS N° 58/18 y deban recursar alguna asignatura de este Plan, podrán hacerlo mientras él mismo se encuentre vigente.
Artículo 6°- Los y las estudiantes que han cursado asignaturas del plan aprobado por RCS N° 58/18 y perdido la regularidad, al momento de reincorporarse a la carrera, lo harán en el plan aprobado por RCS N° 386/24.
Artículo 7°- El pase de cada estudiante al plan aprobado por RCS N.° 386/24 traslada la condición de las asignaturas (regulares o aprobadas) en el plan aprobado por RCS N.° 58/18. Asimismo, traslada la calificación obtenida en cada asignatura para la regularidad o aprobación en el plan aprobado por RCS N° 58/18, exceptuando aquellos casos que se definan en el cuadro del anexo I de la presente resolución.
Artículo 8°- El pase de las y los estudiantes del plan aprobado por RCS N° 58/18 al plan aprobado por RCS N° 386/24, se regirá por la correspondencia entre asignaturas que se presentan en el cuadro del Anexo I de la presente resolución.
Artículo 9°- Crear el seminario “Seminario de integración: estrategias de intervención en Salud comunitaria”, de 4 créditos con una carga horaria de 32 hs de interacción pedagógica. El mismo se dictará hasta el 31 de marzo de 2026 y están destinados a aquellos/as estudiantes que se encuentran involucrados/as en el plan de transición. Se implementarán según las prescripciones del artículo 11 de la presente resolución.
Artículo 10°- Crear el seminario “Actualización en kinefisiatría”, de cuatro (4 ) créditos, con una carga horaria de 32 horas de interacción pedagógica. El mismo se dictará hasta el 31 de marzo de 2026 y están destinados a aquellos/as estudiantes que se encuentran involucrados/as en el plan de transición. Se implementarán según las prescripciones del artículo 12 de la presente resolución.
Artículo 11°- Las y los estudiantes incorporados al plan de estudios aprobado por la Resolución del Consejo Superior (RCS) N° 386/24, que hayan completado y aprobado un mínimo de 1.300 horas del plan establecido por la RCS N° 58/18, incluyendo las asignaturas Introducción a la Salud comunitaria, Epidemiología Kinefilaxia, Fisiología del aparato locomotor, Semiología y Evaluaciones kinésicas, y que además aprueben el Seminario de Integración: Estrategias de Intervención en Salud Comunitaria, mencionado en el artículo 9 de la presente resolución, podrán acceder a la obtención del título intermedio de “Técnico/a Universitario/a de Salud Comunitaria en Promoción del Movimiento”, previa evaluación de su trayectoria académica por parte de la Dirección del Instituto de Salud Comunitaria.
Artículo 12°- Las y los estudiantes incorporados al plan de estudios aprobado por la Resolución del Consejo Superior (RCS) N° 386/24, que hayan completado y aprobado un mínimo de 2.500 horas del plan establecido por la RCS N° 58/18, incluyendo las asignaturas: Técnicas Kinésicas 2,
Agentes Físicos 2, Prácticas Kinésicas 3, Práctica comunitaria en Kinesiología, Kinesiología y Fisiatría Laboral y Ergonomía, Terapéutica Kinésica en Pediatría, Terapéutica Kinefisiátrica en Geriatría, Terapéutica Kinésica Cardiorrespiratoria, Terapéutica Kinésica en Traumatología, Terapéutica Kinésica en Paciente Neurológico, Terapéutica Kinésica Deportiva, Seminario de Historia Social y Sanitaria Latinoamericana, Psicología, Bioética y Aspectos del Ejercicio Profesional y que además aprueben el seminario “Actualización en kinefisiatría” mencionado en el artículo 10 de la presente resolución, podrán acceder al título de “Licenciado/a en Kinesiología y Fisiatría”, previa evaluación de su trayectoria académica por parte de la Dirección del Instituto de Salud Comunitaria.
Artículo 13° – Regístrese, comuníquese y archívese.