EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Determinar que la actividad de auditoría interna en el ámbito de la Universidad Nacional de Hurlingham, le corresponde a la Unidad de Auditoría Interna, órgano unipersonal dependiente del Rectorado, quien será el encargado de la instauración y mantenimiento de un adecuado sistema de control interno que garantice la legalidad de la actuación administrativa, la veracidad de la información
producida por los distintos órganos y el cumplimiento de los fines, objetivos y metas oportunamente planificados.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que el Rector de esta Universidad conjuntamente con la Unidad de Auditoria Interna, deberá contar con la autorización expresa del Consejo Superior de la Universidad para realizar el plan anual de auditoria, pudiéndose adherirse a los lineamientos establecidos por la SIGEN, a los efectos de buscar promover el fortalecimiento y la mejora de los sistemas de control interno de esta Institución, resguardando en todo sentido la plena autonomía y autarquía universitaria establecida en el marco constitucional. Esta autorización deberá renovarse anualmente en el momento de aprobación del plan anual de auditoria.
ARTICULO 3°.- Aprobar el Plan Anual de Auditoría Interna de la Universidad Nacional de Hurlingham, para el año 2023, que como Anexo 1, forma parte integrante de la presente resolución, el cual contiene la autorización expresa por parte de ese Consejo, enunciada en el Artículo 2°.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

https://boletinoficial.unahur.edu.ar/wp-content/uploads/2023/03/RCS.-054-15-03-23-Plan-Anual-de-Auditoria-Interna-2023-Expte.-010-2023.pdf