EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HURLINGHAM
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la modificación de los topes establecidos en el artículo 27 del reglamento aprobado por Resolución CS N° 21/17 por los siguientes:
- “más de PESOS CIENTO CUARENTA MIL MILLONES ($ 140.000.000.-)”;
- “hasta PESOS CIENTO CUARENTA MIL MILLONES ($ 140.000.000.-)”;
- “hasta PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-)”;
- “hasta PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 5.250.000.-)”.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PARA VIDA CIENTÍFICA, que como Anexo I integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°: Aprobar como Texto Ordenado (T.O.) en materia de compras y contrataciones de esta Universidad el documento que como Anexo II integra la presente Resolución, conteniendo el “REGLAMENTO GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA UNAHUR”, el “REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES EN PROYECTOS CON ASIGNACIONES ESPECÍFICAS DE FONDOS” (aprobado por Resolución CS N° 98/2023), y el “REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PARA VIDA CIENTÍFICA (aprobado por el artículo precedente).
ARTÍCULO 4°.- Quedan excluidas de la aplicación del presente régimen las contrataciones correspondientes a:
- régimen laboral del personal de la Universidad;
- las compras por el régimen de fondo rotatorio y cajas chicas;
- los acuerdos que se celebren en el marco de las facultades establecidas en la ley deeducación superior N° 24.521 y demás normas complementarias;
- las locaciones de servicios profesionales;
- las compras/contrataciones al valor mínimo establecido para cajas chicas.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, regístrese, pase a la Dirección General de Administración para su intervención y hecho, archívese.